Competencia para emitir certificados tributarios
SGTL, consulta vinculante núm. V0668-26, de 26 de marzo de 2026
20/07/2026
La Subdirección General de Tributos Locales analiza qué órgano municipal resulta competente para expedir certificados tributarios cuando la normativa local no atribuye expresamente esta función. La consulta concluye que la emisión de estos certificados forma parte de las funciones de gestión tributaria y que corresponde a la Administración tributaria municipal que disponga de la información objeto de la certificación. A falta de una atribución expresa, resultan aplicables el artículo 84 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria y el 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, por lo que la competencia corresponderá al órgano inferior competente por razón de la materia y del territorio o, si existiesen varios, al superior jerárquico común.