Revocación de la bonificación del IVTM por deudas pendientes con el Ayuntamiento

Subdirección General de Tributos Locales, consulta núm. 0010-25, del 11 de diciembre de 2025

13/04/2026

Se consulta si es correcta la revocación de una bonificación del impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM) concedida a un vehículo de cero emisiones debido a la existencia de deudas con el Ayuntamiento, concretamente una multa de tráfico. La Dirección General de Tributos recuerda que estas bonificaciones están reguladas en los artículos 92 y 95 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales y tienen carácter potestativo, por lo que solo se aplican si el Ayuntamiento las establece en su ordenanza fiscal. Así, en la ordenanza municipal se pueden fijar los requisitos para obtener o mantener la bonificación. En consecuencia, la pérdida de la bonificación por tener deudas con el Ayuntamiento será conforme a derecho siempre que este requisito esté previsto en la ordenanza fiscal correspondiente.